TRÁMITES Y SERVICIOS

Autorización para instalación de terrazas y veladores (modificadas)


INFORMACIÓN SUPRESION DE TASAS:

Desde el inicio de la crisis sanitaria por COVID-19 se acordó la supresión del pago de las tasas correspondientes a la licencia de Terrazas y Veladores, y a la tasa por ocupación de dominio público.

 

Con este trámite se puede solicitar la MODIFICACION de terrazas y veladores, con o sin cerramiento, tanto en terrenos de dominio público como en terrenos de titularidad privada y uso público, con respecto de una autorización en vigor.

La modificación podrá ser por cualquier variación en las características de la autorización otorgada, tales como ampliación de superficie, inclusión de sombrillas, solicitud de pérgola, cambio del periodo de funcionamiento, etc.

En función de la titularidad del suelo:

  • Terrazas ubicadas en terrenos de titularidad privada:
    • Documento de Autorización para instalación de terrazas de veladores MODIFICADAS según modelo del Ayuntamiento.
    • Autoliquidación de Tasa por licencia de actividad (licencia de terrazas y veladores) modelo 326
    • Documentación descriptiva de los cambios que solicita.
  • Terrazas ubicadas en terrenos de titularidad pública:
    • Documento de Autorización para instalación de terrazas de veladores MODIFICADAS según modelo del Ayuntamiento.
    • Autoliquidación de Tasa por licencia de actividad (licencia de terrazas y veladores) modelo 326
    • Autoliquidación de Tasa por ocupación del dominio público mediante el ejercicio de actividades comerciales, industriales o recreativas, modelo 315, en el caso de que la modificación solicitada conlleve aumento de la superficie autorizada.
    • Documentación descriptiva de los cambios que solicita.
    • Carta de pago del aval por reposición de pavimento en caso de instalar elementos fijos en dominio público, según modelo oficial.

Si se pretende instalar cualquier tipo de cubrición para la terraza, deberá aportarse la documentación indicada anteriormente en función de la titularidad del suelo y además solicitar la correspondiente Autorización Previa de Obra (APO) o Autorización previa de Obra con Proyecto (APOP), con la documentación necesaria en función del procedimiento. El tipo de procedimiento dependerá de las características del cerramiento. Por tanto, antes de la solicitud de la Autorización (APO o APOP), deberá realizarse una consulta previa a los servicios técnicos municipales.

Consulta con personal técnico en oficinas del Departamento de Urbanismo:

  • Teléfono departamento de Actividades: 916602708.
  • Oficinas (C/José Hierro 36, 1ª planta): de 9,00 a 11,00 h de lunes a viernes sin cita previa.

Vigencia de la Licencia: la autorización se otorgará, si procediere, para el año o periodo que se solicite, entendiéndose prorrogada automáticamente por un periodo máximo hasta tres años.

Presentar la solicitud por uno de los siguientes medios:

  1. Tramitación electrónicaPinche en el botón “Acceder al Servicio”. Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
    • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite.
  2. Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
    • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
    • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
    • 91 670 00 00
    • 010 (teléfono de facturación especial).
  3. Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Las autoliquidaciones tendrán carácter provisional hasta que se practique la comprobación por parte de los Servicios Técnicos municipales.

Las cuantías a ingresar en concepto de tasas serán las siguientes:

  1. Tasa por licencia de actividad:
    • Periodo de funcionamiento anual: 300,00 €.
    • Periodo de funcionamiento estacional (del 16 de marzo al 15 de octubre): 200,00 €.
  2. Tasa por ocupación de dominio público:
    • Terraza sin cubrición:
      • Periodo de funcionamiento anual: 65 €/m2.
      • Periodo de funcionamiento estacional: 38 €/m2.
    • Terraza con cubrición: 100 €/m2.

En el caso de que la modificación sea el cambio de titularidad de la licencia, no podrá solicitarse como modificación, sino como una terraza NUEVA.

Consulta con personal técnico en oficinas del Departamento de Urbanismo:

  • Teléfono departamento de Actividades: 916602708.
  • Oficinas (C/José Hierro 36, 1ª planta): de 9,00 a 11,00 h de lunes a viernes sin cita previa.

OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

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