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Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.
Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid
Plaza de la Constitución, 1
Horario de 8:00 a 20:00 de Lunes a Viernes
Tel: (91) 670 00 00
Fax: (91) 660 27 59
a) Solicitud de la ayuda en el impreso normalizado que se adjunta a la presente convocatoria. (Anexo 1 solicitud electrónica).
b) Declaración jurada de las ayudas percibidas por el solicitante cualquiera que sea la Administración que las conceda y la finalidad de las mismas, en el ejercicio fiscal a que se refiera esta convocatoria y en los dos ejercicios fiscales anteriores. Dicha declaración se incluirá en la solicitud de la correspondiente convocatoria, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable de la forma prevista en el Anexo 1 de estas bases.
c) Certificado original expedido por la Federación correspondiente, firmado por la presidencia o la secretaría general y sellado, de acuerdo con el impreso que se adjunta a la presente convocatoria como Anexo 2.
En el Anexo 2 certificado se especificará:
1. Datos relativos a los gastos federativos de la entidad.
2. Número de deportistas federados de la entidad (desglosando entre hombres y mujeres).
3. Número de Personal Técnico de la entidad, especificando su titulación deportiva.
d) Las entidades que tengan inscritos deportistas en más de una federación, por ejemplo por participar en competiciones autonómicas están inscritos en la federación autonómica y por participar en competiciones nacionales están inscritos en federaciones nacionales, si no pueden conseguir en un único Anexo 2 la totalidad de los datos, podrán incluir un Anexo 2 adicional por cada una de las federaciones en las que haya competido.
e) Certificado original de la presidencia de la asociación deportiva firmado por su responsable, de acuerdo con el impreso que se adjunta como Anexo 3 “Certificado de la Presidencia de la Asociación Deportiva”. En dicho certificado se especificará el total de gastos federativos de la entidad, el número de deportistas total de la entidad, incluyendo los federados y los de escuelas; así como las deportistas federadas mujeres. También se indicará la colaboración que mantiene con la Concejalía de Deportes en celebración de eventos y control de instalaciones, así como las acciones de la entidad encaminadas a la mejora de la calidad.
f) En su caso, informe de Trabajadores en alta (I.T.A.) de la Seguridad Social que hayan estado de alta en algún momento del año 2.020.
Del 9 al 30 de septiembre de 2020.
La presentación de toda la documentación justificativa se realizará igualmente, según lo establecido en el art. 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (Registro electrónico).
El modelo de solicitud para la presentación de la justificación (instancia general) disponible en el apartado "formularios", o se encuentra a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid (https://sede-electronica.rivasciudad.es/)
Previo a la presentación, los justificantes tendrán que ser compulsados/cotejados por la Concejalía de Deportes.
Gratuito.
Se hará pública en la página web del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y en el Tablón de Anuncios municipal la relación provisional de todas las solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con expresión de la causa de la exclusión y la necesidad de subsanación en el plazo de diez días naturales desde el siguiente a la publicación. En caso de no subsanación se le tendrá por desistido de la solicitud.
Transcurridos los plazos anteriores, y tras el examen de la documentación aportada, mediante resolución de la Concejalía de Deportes, se hará pública la relación definitiva de entidades admitidas en la convocatoria.
La concesión de ayudas será en régimen de concurrencia competitiva.
El pago de la subvención concedida se tramitará previa justificación de que se han realizado las actividades objeto de la ayuda y previa presentación (mediante instancia general, que se encuentra a disposición en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid), en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución en la página web del Ayuntamiento.
Para más información consultar las Bases de la convocatoria en información relacionada.