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Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.
Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid
Plaza de la Constitución, 1
Horario de 8:00 a 20:00 de Lunes a Viernes
Tel: (91) 670 00 00
Fax: (91) 660 27 59
Documentación a presentar en la solicitud de DECLARACIÓN RESPONSABLE FUNCIONAMIENTO (art. 57 OTUDAO, remite al Art. 51):
La tramitación del procedimiento será de acuerdo a lo regulado en la Ley de Procedimiento Administrativo Común (ley 39/2015), las Ordenanzas Municipales y el resto de la normativa sectorial que resulte de aplicación
LA PERSONA INTERESADA podrá empezar a ejercer la ACTIVIDAD, desde el momento en que sea efectiva la presentación de la solicitud y la documentación preceptiva (DRF) COMPLETA, si previamente ha obtenido la Licencia de Actividad, (APA) o conformidad de la Declaración Responsable de Actividad (DRA), según el caso en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, en las formas establecidas en la Ley 39/2015 y las Ordenanzas Municipales
Cuando la presentación de la solicitud y la documentación preceptiva sea incompleta o sean observadas deficiencias, LA PERSONA INTERESADA podrá ser tenida por desistida en el procedimiento, en la forma y de acuerdo con lo establecido en el art. 68 de la LEY 39/2015 LPAC.
La resolución definitiva del procedimiento establecerá la CONFORMIDAD de la DECLARACIÓN RESPONSABLE DE FUNCIONAMIENTO (DRF), en los términos y de acuerdo con la normativa sectorial, y previa inspección de los Servicios Técnicos Municipales, en aquellos casos oportunos.
Los Servicios Técnicos Municipales podrán ejercer el control y realizar las inspecciones que se estimen oportunas de acuerdo con la Legislación y las ordenanzas municipales.
El órgano competente para resolver será el CONCEJAL DELEGADO O CONCEJALA DELEGADA DE URBANISMO Y VIVIENDA.
En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación urbanística y sectorial de aplicación.
El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
De acuerdo con las ordenanzas Fiscales se deberán abonar las tasas mediante Autoliquidación de DECLARACION RESPONSABLE DE FUNCIONAMIENTO, estableciéndose los siguientes módulos:
DECLARACIONES RESPONSABLES | |
Locales, establecimientos, o parcelas con superficie útil
| TASA (€) |
Hasta 10 m² | 100 |
De más de 10 m² hasta 25 m² | 200 |
De más de 25 m² hasta 50 m² | 300 |
De más de 50 m² hasta 100 m² | 400 |
De más de 100 m² hasta 200 m² | 500 |
De más de 200 m² hasta 400 m² | 600 |
De más de 400 m² hasta 600 m² | 700 |
De más de 600 m² hasta 800 m² | 805 |
De más de 800 m² hasta 1.000 m² | 900 |
Más de 1.000 m² | Se sumará 1 €/m² adicional |
Tarifa mínima | 100 € |
Según lo establecido en la Ley 1/2020, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística, será objeto el procedimiento de DECLARACIÓN RESPONSABLE DE FUNCIONAMIENTO (DRF) en la siguiente forma:
El ámbito de aplicación será el término municipal de Rivas Vaciamadrid.
Toda aquella actividad industrial, mercantil o profesional que consiste en la producción de bienes o prestación de servicios sujeta a los medios de Intervención Municipal conforme a lo previsto en el artículo 22.1 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
El procedimiento de Declaración Responsable de Funcionamiento, consiste en la presentación fehaciente de documentos/s suscritos por la persona interesada (física, jurídica o sin personalidad jurídica) en el que se declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad, o para su ejercicio, disponiendo de la documentación administrativa y técnica que así lo acredite y que se compromete a su cumplimiento durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio, así como a comunicar las posibles modificaciones que pueda efectuar en las condiciones en las que se ejerce la actividad.
Para aquellas actividades que pretendan instar un procedimiento para instalar una Terraza, Velador, de acuerdo con la Ordenanza Municipal de Terrazas vigente, deberá tener presentada la solicitud DECLARACIÓN RESPONSABLE DE FUNCIONAMIENTO en la forma que se indica (ver trámite DRF) o haber obtenido la CONFORMIDAD de la Declaración Responsable de Funcionamiento, o la CONFORMIDAD de la solicitud de cambio de titularidad (procedimiento COMUNICACIÓN PREVIA ÚNICA, CPU), en su caso. En caso contrario o si el expediente administrativo (DRF) se encuentra suspendido por causas imputables al interesado, toda solicitud de autorización para instalación de Terraza y/o Velador será inadmitida a trámite o Denegada.