TRÁMITES Y SERVICIOS

Declaración responsable de obras en vivienda que no alteren su volumen edificado, locales en bruto sin actividad, grúas torre y carteles (DRO)


El ámbito de aplicación será el término municipal de Rivas Vaciamadrid.

En este procedimiento está incluida la obra indicada en el Art.155 de la LEY 1/2020, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística, como por ejemplo:

  • Declaración responsable de obra con proyecto s/LOE en uso residencial y otras actuaciones :
    • En vivienda: piscinas unifamiliares, buhardillas, escaleras de una sola planta, entreplantas, ascensores, demoliciones de obras que requieren proyecto, muros de contención mayores de 1 m de altura. Pistas deportivas.
    • Otras actuaciones: tótem publicitario, carteles mayores de 15 m2 y altura de 4m. Demoliciones que requieran proyecto en edificios no catalogados.
  • Declaración responsable de obra con documentación técnica de cumplimiento DBSE, SI y/o SUA:
    • Paneles solares en uso residencial.
      • DOCUMENTACIÓN BÁSICA NECESARIA PARA SOLICITAR LA INSTALACIÓN DE PLACAS SOLARES

    • En uso residencial y locales en bruto sin actividad: ampliaciones, casetas, porches y pérgolas inferiores a 5 m2 de cualquier material; carteles menores de 15 m2 y altura menor de 4m, modificación de las condiciones de protección contra incendios y accesibilidad s/CTE. Pozos de saneamiento.
  • Declaración responsable de obra sin proyecto:
    • En uso residencial: modificación de instalaciones, modificación de tabiquería, cerramientos de terraza, toldos con estructura auxiliar, reparación de cubiertas y fachadas, vallados, barbacoas, aleros menores de 70 cm de vuelo; cubrición de piscinas unifamiliares menores de 1,5 m de altura; demoliciones de obras que no requieren proyecto; Muros de contención menores de 1m. Obras en Comunidades de propietarios de acabados y reparación de instalaciones.
    • Locales en bruto sin actividad: modificación de instalaciones, modificación de tabiquería y portadas comerciales.
    • Otras actuaciones: grúas torre, cambios de titularidad de autorizaciones de obra y agrupaciones de parcelas.

La documentación a aportar varía según el tipo de declaración que se solicite:

En todo caso:

  • Instancia de Declaración Responsable de Obras (DRO).

En su caso:

  • Justificante del pago de la tasa urbanística e ICIO correspondientes en caso de solicitud de obra.
  • Tasa por expedición de documento administrativo en caso de cambio de titularidad.
  • En caso de ocupar retranqueo obligatorio o modificación del vallado medianero según el PGOU, autorización de los colindantes.
  • En el caso de agrupación de parcelas, se aportará cédulas urbanísticas originales y resultante, Nota registral de la parcela y proyecto que defina la actuación.
  • En caso de cambio de titularidad de licencia de obras, renuncia expresa y cesión de derechos sobre la licencia del anterior titular en favor del nuevo.

A/ Si la solicitud DRO conllevara la realización de obras sin proyecto, se deberá AÑADIR a la solicitud la siguiente documentación, según corresponda:

  1. Plano o croquis, a escala, acotados, de planta, sección y alzado que refleje la distribución y uso del Se detallará por separado el estado actual y el estado reformado.
  2. Documentación de las características básicas de la actuación que se pretende Memoria de la obra a realizar y presupuesto de las obras a ejecutar, detallando unidades y materiales que intervienen en la misma, a precios actuales de mercado, incluyendo mano de obra.
  3. Para obra de pequeña entidad que requieren justificación del CTE (DBSE, SI y/o SUA): Certificado de Conformidad con la Ordenación Urbanística y el CTE firmado por personal técnico competente. Para instalación de paneles solares, certificado de seguridad estructural según DB-SE.
  4. Autorización de AESA en caso de instalación de grúas Torre.

B/ Si la solicitud DRO conllevara la realización de obras que requieran proyecto según LOE, se deberá AÑADIR a la solicitud la siguiente documentación, según corresponda:

  1. Un ejemplar del Proyecto visado según normativa en vigor en formato .pdf. Dicho proyecto deberá ser obligatoriamente básico y de ejecución. Se incluirá en todo caso lo especificado en el Anejo 1 Parte I del CTE, lo estipulado en la Ley de Medidas de Calidad de la Comunidad de Madrid y además:
    • Planos en formato dwg/.dxf. Incluirá plano de situación e implantación georreferenciado, así como planos de plantas, acotados y con superficies construidas conforme a lo establecido en el Anexo I de la OTUDAO. Solo en caso de piscinas, buhardillas y entreplantas.
    • Acreditación expresa del cumplimiento de los parámetros urbanísticos. Se añadirá a la Memoria un cuadro comparativo de superficies, a efectos del cómputo de edificabilidad y ocupación con relación al planeamiento vigente.
    • Certificado de viabilidad geométrica.
    • Documentación justificativa del cumplimiento de la Ordenanza de Medio Urbano Sostenible.
    • Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal de gestión de residuos.
  2. Certificado o declaración responsable de habilitación del personal técnico competente del Proyecto, Dirección de la obra y Coordinador de Seguridad y salud en fase de ejecución, en caso de no visado obligatorio
  3. Impreso de estadística en caso de buhardillas y entreplantas.

Asimismo deberá aportarse toda aquella documentación exigida por normativa de rango legal o reglamentario que resulte de aplicación en lo sucesivo.

DOCUMENTACIÓN BÁSICA NECESARIA PARA SOLICITAR LA INSTALACIÓN DE PLACAS SOLARES

La tramitación del procedimiento será de acuerdo a lo regulado en la Ley de Procedimiento Administrativo Común (ley 39/2015), las Ordenanzas Municipales y el resto de la normativa sectorial que resulte de aplicación .

LA PERSONA INTERESADA podrá empezar la OBRA, desde el momento en que sea efectiva la presentación de la solicitud y la documentación preceptiva (DRO) COMPLETA, en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, en las formas establecidas en la Ley 39/2015 y las Ordenanzas Municipales .

En caso de no rellenar correctamente la declaración (los campos con * se consideran obligatorios) y /o no presentar la documentación necesaria, quien solicita dispone de 10 días, desde la fecha de registro, para completarla adjuntando los documentos no señalados y/o no presentados. En caso de no aportar los mismos en el plazo indicado, esta solicitud, junto con la documentación que la acompaña, se tendrá por desistida y se archivará, según art. 68 de la Ley 39/2015 LPACAP y art. 12 de la OTUDAO.

La resolución definitiva del procedimiento establecerá la CONFORMIDAD de la DECLARACIÓN RESPONSABLE DE OBRA (DRO), en los términos y de acuerdo con la normativa sectorial .

Los Servicios Técnicos Municipales podrán ejercer el control y realizar las inspecciones que se estimen oportunas de acuerdo con la Legislación y las ordenanzas municipales.

La resolución administrativa que declare el CESE en el ejercicio del derecho podrá determinar la obligación de restituir la situación jurídica al momento previo del inicio de los actos de transformación, construcción, edificación y uso del suelo, el subsuelo y el vuelo, pudiendo conllevar SANCIONES y la apertura del correspondiente expediente de DISCIPLINA URBANÍSTICA.

En relación con el sentido del silencio administrativo, se deberá atender a lo regulado en el art. 24 de la Ley 39/2015, y el art. 16 OTUDAO. En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación urbanística y sectorial de aplicación

  1. En primer lugar debe realizar una autoliquidación de la tasa y/o impuesto.
    • A través de la OVT.
      • https://tributos.rivasciudad.es/
      • Desde aquí puede:
        • Pagar
        • Generar documento de pago y acudir a cualquiera de las Entidades bancarias colaboradoras: Caixabank, BBVA, Santander, Sabadell y Unicaja Banco.
    • Para incidencias relacionadas con el pago de la tasa envíe un correo electrónico gtributaria@rivasciudad.es le requerirán una serie de datos y le emitirán la autoliquidación, para posteriormente poder pagarla.
    • Si su trámite no requiere pago realice directamente su presentación.
  2. Presentar la solicitud para su registro por uno de los siguientes medios:
    • Tramitación electrónica: Pinche en el botón “Acceder al Servicio”. Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
      • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite, incluidos los justificantes de pago de las tasas y/o impuestos autoliquidados.
    • Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
      • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
      • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
        • 91 670 00 00
        • 010 (teléfono de facturación especial)
    • Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
      • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

  • Cuando se trate de OBRAS MENORES deberán abonar:

A/Impuesto mediante Autoliquidación (modelo 303) de IMPUESTO SOBRE CONSRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO): CUOTA A INGRESAR: BASE IMPONIBLE x 4,00%

B/Tasa mediante Autoliquidación (modelo 309) de TASA POR LICENCIA DE OBRAS: CUOTA A INGRESAR BASE IMPONIBLE x 1,40%. En ningún caso la cuota tributaria será inferior a 30,00 €

El pago de la autoliquidación tendrá carácter provisional y será a cuenta de la liquidación definitiva que se practique una vez terminadas las instalaciones, obras y construcciones.

Tanto para el ICIO como para la TASA se establecen los siguientes módulos:

AUTOLIQUIDACIÓN

 

Tipología de ObraBase Imponible
1.1.1 Rehabilitación total en viviendas.429,00 €/m 2 ó fracción
1.1.2 Rehabilitación de acabados e instalaciones en vivienda.281,00 €/m 2 ó fracción
1.2.1 Rehabilitación total en oficinas399,00 €/m 2 ó fracción
1.2.2 Rehabilitación de acabados e instalaciones en oficinas256,00 €/m 2 ó fracción
1.3.1 Rehabilitación total en uso comercial322,00 €/m 2 ó fracción
1.3.2 Rehabilitación de acabados e instalaciones en uso comercial210,00 €/m 2 ó fracción
1.4.1 Rehabilitación total en uso industrial276,00 €/m 2 ó fracción
1.4.2 Rehabilitación de acabados e instalaciones en uso industrial179,00 €/m 2 ó fracción
2. Reparación de cubiertas25,00 €/m 2 o fracción
3. Reparación de fachadas40,00 €/m 2 o fracción
4. Apertura de huecos y/o modificación de los existentes, en muros que no sean de carga.41,00 €/m 2 o fracción
5. Implantación de elementos fijos exteriores verticales sin afectar de la estructura (cerramientos de terrazas, porches, tendederos y similares)189,00 €/m 2 o fracción
6. Cubiertas de elementos ligeros (sin requerir la modificación de la estructura existente, apoyándose en la misma) y de superficie en planta menor a 5 m 2 

307,00 €/m 2 o fracción

7. Instalaciones de Aire Acondicionado.1.308,00 €/unidad
Instalación de estaciones para usuarios de telefonía fija con acceso vía radio y antenas receptoras de señales de radiodifusión sonora y/o televisión (a instalarse en la cubierta del edificio o zona no visible) 

337,00 €/unidad

8. Cerramientos exteriores de parcela o modificación de los existentes120,00 €/m o fracción
9. Vados de acceso de vehículos83,51 €/ m 2 o fracción
10. Movimientos de tierras con transformación de cotas del terreno original, en menos de 1 m. (con realización de muros, sin afectar a muros de contención existentes) 

41,00 €/m 2 o fracción

11. Soportes publicitarios exteriores de superficie menor de 15 m 2 y altura menor de 4 m.120,00 €/m 2 o fracción
12. Canalizaciones y acometidas189,00 €/m2 ó fracción
13. Implantación de casetas, cobertizos, invernaderos y construcciones similares prefabricadas, exentas, menores de 5 m 2 (no destinadas a vivienda o uso que implique estancia habitual de personas) 

276,00 €/m 2 o fracción

14. Barbacoas fijas, chimeneas y/o tubos de salida de humos y armarios para instalaciones1.083,00 €/unidad
15. Paneles solares664,00 €/ m 2 panel
16. Instalaciones deportivas al aire libre sin edificios (pistas deportivas y similares)51,00 €/m 2 o fracción
17. Instalaciones deportivas al aire libre sin edificios (piscinas)393,00 €/m 2 o fracción
Resto de Obras MenoresPresupuesto / Coste Real y Efectivo de las Obras
(En este procedimiento quedan englobadas aquellas obras que requieran la colocación de andamios y/o descuelgue vertical y/o cualquier otro elemento auxiliar (más de una planta de altura y que no sean Obra Mayor)

 

  • Cuando se trate de OBRAS MAYORES deberán abonar:

A/Impuesto mediante Autoliquidación (modelo 305) de IMPUESTO SOBRE CONSRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO) CUOTA A INGRESAR = BASE IMPONIBLE x 4,00%

B/Tasa mediante Autoliquidación (modelo 311) de TASA POR LICENCIA DE OBRAS (OBRAS MAYORES): CUOTA A INGRESAR: BASE IMPONIBLE x 1,40%: En ningún caso la cuota tributaria será inferior a 30,00 €

El pago de la autoliquidación tendrá carácter provisional y será a cuenta de la liquidación definitiva que se practique una vez terminadas las instalaciones, obras y construcciones.

Tanto para el ICIO como para la TASA se establecen los siguientes módulos:

AUTOLIQUIDACIÓN

El importe de la deuda tributaria a ingresar será la suma de las cuotas parciales (1+2):

  • Base Imponible 1: Coste Real y Efectivo de la edificación , calculado de acuerdo con los costes de referencia general establecidos por la Comunidad de Madrid, conforme a la tabla de precios abajo indicada.
  • Base Imponible 2: Coste Real y Efectivo, en su caso, de las obras de acondicionamiento de las Zonas Comunes , conforme al presupuesto visado por el Colegio de Arquitectos, que en ningún caso podrá ser inferior a 23,00 €/m2

 

SI LA BASE IMPONIBLE ASÍ CALCULADA ES INFERIOR

AL PRESUPUESTO VISADO POR EL COLEGIO DE ARQUITECTOS,

ESTE ÚLTIMO, A EFECTOS TRIBUTARIOS, SERÁ LA

BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO (Artículo 5.2 de la vigente Ordenanza)

COSTES DE REFERENCIA GENERAL€/m 2 construido
 

 

 

RESIDENCIAL

 

Unifamiliares

Aisladas511,00
Adosadas o pareadas470,00
Protegidas429,00
ColectivasLibres491,00
Protegidas445,00
DependenciasSótano y bajo cubierta393,00
Porche296,00
OFICINASFormando parte de un edificio393,00
En edificio aislado, naves…404,00
INDUSTRIALEn edificios industriales368,00
En naves industriales271,00
COMERCIALLocales comerciales en edificios322,00
Grandes centros comerciales588,00
 

GARAJES Y TRASTEROS

En planta Baja220,00
En planta Semisótano ó 1er sótano261,00
En resto de las plantas de sótano332,00
 

 

 

INSTALACIONES DEPORTIVAS

 

 

Al aire libre

Pistas y pavimentos especiales51,00
Piscinas393,00
Servicios465,00
Con graderíos148,00
Con graderíos cubiertos271,00
CubiertasPolideportivos690,00
Piscinas741,00
ESPECTÁCULOS Y OCIODiscotecas, Salas de Juego, Cines,...603,00
Teatros864,00
EDIFICIOS RELIGIOSOSIntegrados en residencial593,00
En edificio exento935,00
 

EDIFICIOS DOCENTES

Guarderías, Colegios, Institutos,....618,00
Universidades, Centros de Investigación, Museos,...1.109,00
 

EDIFICIOS SANITARIOS

Consultorios, Dispensarios,...567,00
Centros de Salud, Ambulatorios,...639,00
Hospitales, Laboratorios,...1.206,00
 

HOSTELERÍA

Hoteles, Balnearios, Residencia de Ancianos,...787,00
Hostales, Pensiones,...593,00
Restaurantes710,00
Cafeterías, Bares,...593,00
DEMOLICIONESEdificaciones y construcciones10,00
COSTE REAL Y EFECTIVO DEL ACONDCIONAMIENTO DE LAS ZONAS COMUNESPresupuesto visado Colegio Oficial Arquitectos

(Mínimo: 23,50€/m2)

 

 

El procedimiento de Declaración responsable urbanística es el documento en el que el interesado manifiesta bajo su responsabilidad, de forma clara y precisa que la actuación urbanística que pretende realizar cumple con los requisitos exigidos en la normativa urbanística y sectorial aplicable a dicha actuación, que dispone de la documentación acreditativa del cumplimiento de los anteriores requisitos y que la pondrá a disposición del ayuntamiento cuando le sea requerida, comprometiéndose a mantener dicho cumplimiento durante el tiempo que dure la realización del acto objeto de la declaración.

Las declaraciones responsables serán objeto necesariamente de control posterior por el ayuntamiento. En el control posterior, se comprobará, en primer lugar, la veracidad de los datos y de los documentos aportados, así como el cumplimiento de los requisitos formales exigidos.

La PERSONA INTERESADA podrá, si así lo estimase conveniente, comprobar previamente a la presentación de la declaración responsable pretendida, la viabilidad urbanística de la actuación, a través de la formulación de una consulta urbanística , mediante la solicitud de Cita Previa de los Servicios Técnicos de Urbanismo en la web municipal:

https://citaprevia.rivasciudad.es/

OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

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