- Ciudadanía
- Empresas
- Trámites
- Mi carpeta
- Otros servicios
Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.
Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid
Plaza de la Constitución, 1
Horario de 8:00 a 20:00 de Lunes a Viernes
Tel: (91) 670 00 00
Fax: (91) 660 27 59
La solicitud para acogerse al S.E.P. podrá presentarse en cualquier momento, si bien en el año en curso solo tendrán efecto las presentadas hasta el 31 de diciembre del año anterior. Las posteriores surtirán efecto en el ejercicio siguiente.
Las modificaciones de cuentas bancarias adscritas al Sistema Especial de Pago efectuadas por los contribuyentes en el ejercicio en curso deberán presentarse un mes antes de la fecha de cargo especificada en el apartado anterior. Si se presentaran en fecha posterior al plazo indicado tendrían efectos en el cargo inmediato siguiente.
El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
El cobro de las cuotas prorrateadas se realizará con cargo a la cuenta corriente señalada al efecto en las siguientes fechas:
Las cuotas prorrateadas, al derivarse de una deuda global estimada, no podrán aplazarse ni fraccionarse.
Cualquier modificación en las domiciliaciones efectuadas deberán comunicarse con un mes de antelación al plazo en que se requiera que sea efectivo.
Si desea renunciar al Sistema Especial de Pagos, puede solicitarlo, mediante escrito en el que se manifieste la voluntad expresa de renunciar a la aplicación del sistema. La renuncia producirá efectos a partir del ejercicio siguiente a aquél en que se hubiera registrado la solicitud; y, en consecuencia, las deudas deberán ser abonadas mediante pago en cualquiera de las entidades financieras autorizadas en los plazos y periodos voluntarios previstos en el calendario fiscal. Se producirá la anulación de la domiciliación bancaria de todos los tributos que estaban incluidos en el Sistema Especial de Pagos, siendo necesaria una nueva domiciliación en el caso de querer acogerse a cualquier modalidad de domiciliación posterior.
Si desea modificar sus datos bancarios, deberá de comunicarlo con un mes de antelación al plazo en el que se quiera que sea efectivo.
En Ayuntamiento le remitirá a principio de cada año a su domicilio, una carta con la información tributaria, informándole de los tributos que constan en los ficheros municipales, con su importe y fechas en las que se cargarán en su cuenta bancaria.
Las domiciliaciones tienen validez por tiempo indefinido, pudiendo anularlas o trasladarlas a otras entidades bancarias, con la obligación de comunicarlo a la Ayuntamiento.