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Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.
Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid
Plaza de la Constitución, 1
Horario de 8:00 a 20:00 de Lunes a Viernes
Tel: (91) 670 00 00
Fax: (91) 660 27 59
Además en aquellas transmisiones en las que el obligado del impuesto crea que no están sujetos al mismo ( por inexistencia de incremento de valor) deberá aportar:
Debe presentar la solicitud de liquidación en los siguientes plazos:
El plazo para la presentación se cuenta en días hábiles. Los sábado, domingos y festivos no computan.
El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, será el que corresponda de los aprobados por el Ayuntamiento según el período de generación del incremento de valor que a continuación se detallan:
Aplicando seguidamente a la cuota íntegra del impuesto del tipo de gravamen del 30%.
Es obligatorio que los interesados, estén sujetos o no a este impuesto, presenten ante al Ayuntamiento: